10 febrero 2011

ACTA DEL PLENO DEL MES DE DICIEMBRE DE 2010

BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE BENQUERENCIA DE LA SERENA EL DÍA VEINTITRÉS DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIEZ

ASISTENTES


Señor Alcalde Presidente:
D. EMILIO A. CABALLERO TENA

Sres. Concejales:

PSOE
Dª MIRIAM RIVERA PÉREZ

P.P
D. FRANCISCO NOGALES TENA



Sra. Secretaria-Interventora:

Dª. Mª JOSÉ GUILLÉN GEREZ




En Benquerencia de la Serena, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, siendo las 09:00 horas del día 23 de diciembre de 2010, se reúnen en primera convocatoria los Sres. Concejales arriba relacionados, todos ellos componentes del Pleno Municipal bajo la Presidencia del Señor Alcalde, D. Emilio A. Caballero Tena, al objeto de celebrar Sesión Ordinaria previa convocatoria legal al efecto. Asistió público a la Sesión. Abierto el acto por el Sr. Presidente, pasaron a debatirse los siguientes puntos del Orden del día:--------------------------

01.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR, DE FECHA 25 DE NOVIEMBRE DE 2010.

El Sr. Alcalde, según lo dispuesto en el artículo 91.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en adelante ROF, pregunta si algún miembro de la Corporación tiene que formular alguna observación al borrador del acta de la Sesión celebrada el 25 de noviembre de 2010, distribuida con la convocatoria.-------------------

No presentándose observación por los Sres. Concejales y sometida a votación la aprobación del acta de la Sesión celebrada por el Pleno de la Corporación el día 25 de noviembre de 2010, se aprueba por unanimidad.-------------------------------------------------------------


02.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PESAJE EN LAS BÁSCULAS MUNICIPALES. IMPOSICIÓN DE LA TASA Y APROBACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL, SI PROCEDE.

Expuesto el expediente tramitado para la imposición y la aprobación de la Ordenanza reguladora de la Tasa por prestación del servicio de pesaje en las básculas municipales, y hallado conforme. Considerado el dictamen favorable emitido por la Comisión especial de Cuentas y debatida la cuestión, se somete a votación aprobándose por unanimidad:---------------

PRIMERO.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15, 17 y 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se acuerda con carácter provisional, la imposición y la Ordenanza de la tasa por prestación del servicio de básculas municipales, en los términos que se contienen en el texto anexo.--------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO.- Que el acuerdo se exponga al público mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Edictos del Ayuntamiento, durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción del anuncio en el Boletín Oficial dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.------------------------------------------------------------------------------------------------------
TERCERO.- Las reclamaciones presentadas serán resueltas por la Corporación y de no existir reclamaciones se entenderá definitivamente aprobada la imposición y el texto de la tasa.

ANEXO
“ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PESAJE EN LAS BÁSCULAS MUNICIPALES

Artículo 1.- Fundamento y naturaleza.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2.º y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo establecido en los artículos 15 a 19 y 20.4.u) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece la tasa por prestación del servicio de pesaje realizado por las básculas municipales, que se regirá por la siguiente Ordenanza fiscal.
Artículo 2.- Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la utilización del servicio municipal de báscula de pesaje.
Artículo 3.- Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de la tasa, en concepto de contribuyente, las personas físicas y jurídicas y entidades a que se refiere el artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria, que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por los servicios que constituyen el hecho imponible de la tasa.
Articulo 4.- Responsables.
La responsabilidad de la obligación tributaria regulada en la presente ordenanaza se regirá por lo dispuesto en los artículos 41 a 43 de la Ley General Tributaria.
Artículo 5.- Beneficios fiscales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, no se reconoce beneficio tributario alguno, salvo los que sean consecuencia de lo establecido en los tratados o acuerdos internacionales o vengan previstos en norma con rango de Ley.
Artículo 6.- Cuota tributaria.

La cuantía de la tasa se establece en un euro ( 1€) por utilización de la báscula municipal.
Artículo 7.- Devengo y periodo impositivo.
La tasa se devenga, naciendo la obligación de contribuir, desde que tenga lugar la prestación de los servicios, objeto del hecho imponible. El pago se acreditará por medio de tique de impresión térmica que emitirá el propio monedero o lector de tarjeta.
Artículo 8.- Régimen de declaración e ingreso.
La tasa se abonará de forma inmediata a la prestación del servicio público en las instalaciones de la propia báscula municipal mediante su ingreso en el monedero o lector de tarjeta.
Artículo 9.- Infracciones y sanciones.
Las infracciones y sanciones en materia tributaria se regirán por lo dispuesto por la Ley General Tributaria, su normativa de desarrollo y la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación Municipal aprobada por el Ayuntamiento, en su caso.
DISPOSICIÓN FINAL
El acuerdo de imposición de esta tasa fue tomado y su Ordenanza fiscal fue aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento, el de diciembre de 2010. Comenzará a regir a partir de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y seguirá en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.”

03.- MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET Y A TELEFONÍA A TRAVÉS DE LA RED INALÁMBRICA MUNICIPAL.

Expuesto el expediente tramitado para la modificación de la ordenanza reguladora del precio público del servicio de acceso a internet y a telefonía a través de la red inalámbrica municipal, y hallado conforme. Considerado el dictamen favorable emitido por la Comisión especial de Cuentas y debatida la cuestión, se somete a votación aprobándose por unanimidad:---------------------------------------------------------------------------------------------------------------


PRIMERO.- Modificar el artículo 4.- “ Cuantía “, que queda redactado del siguiente modo:


“Art. 4.- Cuantía- Los precios públicos serán los siguiente:.


ACTIVIDAD CUANTÍA
Cuota de alta –kit de red 90 €
Cuota mensual usuario internet 15€
Cuota mensual usuario internet + telefonía 29,90 €

El kit de usuario es el equipamiento que sirve para garantizar la conexión , y está compuesto por el dispositivo inalámbrico, el software y la antena. La instalación y configuración inicial del kit serán por cuenta del usuario del servicio. El Ayuntamiento podrá facilitar dicha instalación a través de una empresa.”-----------------------------------------------------------------------------

SEGUNDO.- Que el acuerdo se exponga al público mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Edictos del Ayuntamiento, durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción del anuncio en el Boletín Oficial dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.------------------------------------------------------------------------------------------------------

TERCERO.- Las reclamaciones presentadas serán resueltas por la Corporación y de no existir reclamaciones se entenderá definitivamente aprobada la modificación propuesta del texto de la Ordenanza reguladora de la tasa.--------------------------------------------------------------------

04.- PARCELAS 81 Y 92 DEL POLÍGONO 16 DEL CATASTRO DE RÚSTICA. ERROR EN SU ADJUDICACIÓN AL AYUNTAMIENTO DE BENQUERENCIA DE LA SERENA EN EL PROCESO DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA.

El Sr. Alcalde expone que dentro del proceso de concentración parcelaria, Catastro tenía atribuídas inicialmente a este Ayuntamiento dos parcelas (la 81 y la 92 del Polígono 16 del antiguo Catastro de rústica) cuya superficie computó a su favor para la realización de las atribuciones definitivas de parcelas a cada propietario, y que posteriormente, después de la finalización del proceso de concentración, los hermanos Muñoz Romero han acreditado documentalmente que esas dos parcelas (81 y 92 del antiguo Polígono 16) eran de su propiedad aunque no figurara así en Catastro, por lo que este Ayuntamiento debe renunciar a un superficie dentro de las parcelas que se le han atribuido para subsanar el error en relación con esas dos parcelas iniciales que no le pertenecían.
Expuesto el expediente tramitado para la renuncia de 0,3579 Ha de la Parcela 10 del Polígono 9 del Catatro de Rústica de este municipio a favor de los hermanos Muñoz Romero, de acuerdo con el plano que se acompaña, y hallado conforme, se acuerda por unanimidad:

ÚNICO.- Renunciar a 0,3579 ha de la Parcela 10 del Polígono 9 del Catastro de Rústica de este municipio, atribuida a este Ayuntamiento en el proceso de concentración parcelaria aprobado el 09/06/2006, de acuerdo con el plano que se acompaña a favor de D. Emilio Muñoz Romero, con DNI 76.224.905F, D. Francisco Muñoz Romero, con DNI 51.827.001c, D. Marceliano Muñoz Romero, con DNI 76.207.184L, Dª Victoria Muñoz Romero, con DNI 01.913.449X, Dª Carolina Muñoz Romero, con DNI 01.784.518V y D. Manuel Muñoz Romero, con DNI 76.170.984K, en compensación por las antiguas Parcelas 81 y 92 del Polígono 16 del anterior Catastro de Rústica de este municipio, al haberse atribuido éstas erróneamente el Ayuntamiento en el proceso de concentración parcelaria.


05.- MODIFICACIÓN Nº 4 DEL PRESUPUESTO 2010.
Dada la necesidad de proceder a la modificación del presupuesto de este ayuntamiento correspondiente el ejercicio de 2010, a fin de atender determinadas necesidades surgidas durante el presente ejercicio, de acuerdo con las siguientes previsiones:-------------------------------
PARTIDAS DE GASTOS CON CREDITOS EN BAJA


PARTIDA PRESUPUES D E N O M I N A C I O N CREDITO INICIAL IMPORTE DE BAJA CREDITO
DEFINTIVO

9 120
Retribuciones básicas
61.677,48 €
765,37 €
60.912,11 €
9 121 Retribuciones complementarias 66.900,36 € 2.016,56 € 64.883,8 €
4 681 Inversiones en terrenos 600.000,00 € 28.644,57 € 571.355, 43 €




TOTALES...................………………………
728.577,84 €
31.426,5 €
697.151,34 €

PARTIDAS DE GASTOS CON ALTAS DE CREDITOS




PARTIDA PRESUPUES
D E N O M I N A C I O N
CREDITO INICIAL
IMPORTE DEL ALTA
CREDITO
DEFINITIVO
11 689
Otros gastos en inversiones patrimoniales
60.000,00 €

28.644,57 €
888.644,57 €

0 911 Amortización Deuda medio y largo plazo

13.404,67 €

2.781,93 €
116.185,80 €


TOTALES.....................
73.404,67 €
31.426,50 € 2104.830,37 €
R E S U M E N


TOTALES ALTAS EN CREDITOS 31.426,50 €
TOTALES BAJAS EN CREDITOS 31.426,50 €

Visto Decreto de la Alcaldía, 13 de diciembre de 2010-----------------------------------------------

Visto los informes emitidos por la secretaria-interventora municipal en fecha 14 de diciembre.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Visto lo determinado por lo artículos 172 y siguientes del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en relación con los artículos 169 del mismo y 24 y siguientes del Real Decreto 500/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas locales, en relación con los artículos 20 y siguientes del mismo y las atribuciones previstas por el articulo 22.2e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.------------------------------------------
Sometido a debate y a votación los Sres. Concejales acuerdan por unanimidad: ------------

PRIMERO. Aprobar inicialmente el Proyecto de modificación nº 4 del presupuesto general para el ejercicio de 2010, junto con lo documentos, estados y demás informes que lo integran.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO. Exponer el expediente al público, previo anuncio en el boletín oficial de la provincia por quince días, durante los cuales, los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ente el pleno. La modificación se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubiese presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.-----------------------------------------------------------
TERCERO. La modificación, definitivamente aprobada, será insertada, resumida por capítulos, en el boletín oficial de la provincia y se remitirá copia a la Administración del Estado y a la comunidad autónoma. La remisión se realizará simultáneamente al envío al referido boletín oficial. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

06.- EXPEDIENTE DE ANULACIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES RECONOCIDOS PERTENECIENTES A LA AGRUPACIÓN DE PRESUPUESTOS CERRADOS.


Dada cuenta del expediente tramitado para la anulación de derechos y obligaciones reconocidas que integran la Agrupación de Presupuestos Cerrados incoado a propuesta de Secretaría-Intervención, que ha sido tramitado reglamentariamente y que trae origen en la propuesta de promover la baja de los recibos pendientes de pago y de los derechos pendientes de cobro de los ejercicios 1980 a 2004, por un importe de OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS DIECISIETE CON SEIS (86.317,06) EUROS y de QUINCE MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE CON VEINTICINCO (15.927,25) EUROS, considerado el informe favorable de la Comisión especial de Cuentas y sometido a votación, se acuerda por unanimidad:

PRIMERO.- Aprobar la propuesta de anulación de derechos y obligaciones que integran la Agrupación de Presupuestos Cerrados, en los términos que a continuación se expresan.
SEGUNDO.- Que se exponga al público el expediente, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, por término de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno, considerándose definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones


DERECHOS PENDIENTES DE COBRO



Alias Eje. Org. Eco. Descripción Derechos Pend. Cobro
1986 113 CIRCULACION DE VEHICULOS AÑO 1.986 1119,18
1986 341 TENENCIA DE PERROS AÑO 1.986 6,01
1986 351 TRANSITO DE GANADO AÑO 1.986 14,75
1986 352 REJAS DE PISOS AÑO 1.986 5,86
1986 31202 TASA DE ALCANTARILLADO AÑO 1.986 170,09
1986 35112 RODAJE Y ARRASTRE DE VEHICULOS AÑO 1.986 2,1
1986 35201 TASA ENTRADA VEHICULOS AÑO 1.986 22,99
1986 35203 DESAGUE DE CANALONES AÑO 1.986 458,69
1987 113 CIRCULACION DE VEHICULOS AÑO 1.987 1178,49
1987 341 TENENCIA DE PERROS AÑO 1.987 6,76
1987 351 TRANSITO DE GANADO AÑOA 1.987 2,13
1987 352 REJAS DE PISOS AÑO 1.987 7,3
1987 31202 TASA ALCANTARILLADO AÑO 1.987 157,47
1987 35112 RODAJE Y ARRASTRE DE VEHICULOS AÑO 1.987 1,8
1987 35201 ENTRADA DE VEHICULOS AÑO 1.987 26,14
1987 35203 DESAGUE DE CANALONES AÑO 1.987 487,06
1988 351 TRANSITO DE GANADO AÑO 1.988 0,43
1988 35103 RIELES, POSTES, CABLES, PALOMILLAS AÑO 1.988 3,07
1988 35203 DESAGUE DE CANALONES AÑO 1.988 20,63
1989 312 TASA LICENCIA URBANISTICA AÑO 1.989 6,37
1989 352 TASA MERCANCIAS, ESCOMBROS AÑO 1.989 38,46
1989 761 TRANSFERENCIAS CORRIENTES DIPUTACION AÑO 1.989 1348,67
1989 35112 RODAJE Y ARRASTRE DE VEHICULOS AÑO 1.989 0,31
1990 761 TRANSF. CORRIENTES, DIPUTACION AÑO 1.990 6,01
1990 11200 I.B.I. RUSTICA AÑO 1.990 8,65
1990 11201 I.B.I. URBANA AÑO 1.990 842,26
1991 391 MULTAS DE TRAFICO AÑO 1.991 315,29
1991 541 PRODUCTO ARRENDAMIENTO FINCAS RUSTICAS 1.991 216,36
1991 11200 I.B.I. RUSTICA AÑO 1.991 11,3
1991 11201 I.B.I. URBANA AÑO 1.991 48,75
1991 75501 TRANSFER.CAPITAL, CENTRO SOCIAL DE HELECHAL 1.991 2339,96
1991 75502 TRANSFER.CAPITAL BIBLIOTECAS AÑO 1.991 0,48
1992 11201 I.B.I. URBANA AÑO 1992 867,45
1992 45500 FONDO REG.COOP.MPAL.AYUDA DOM.PER.INFANCIA.1992ONIF. 0,01
1993 541 DEHESA BOYAL, ENRAMADAS, 14123,78
1996 31201 RECOGIDA DE BASURA 369,09
1997 761 PLAN PROVINCIAL OBRAS Y SERVICIOS Y PISTAS POLIDEPORTIVAS 2648,3
1998 755 DEHESA, C.SOCIAL BEN.P.POL.MOB.C.S.DEPOR.PROT.C.BIBLIOTEC. 18931,88
1998 761 PLAN PROVINCIAL OBRAS Y SERVICIOS Y PISTAS POLIDEPORTIVAS 22331,12
1998 35201 VADOS PERMANENTES 36,06
1999 35201 VADOS PERMANENTES 14,42
2000 761 PLAN PROVINCIAL OBRAS Y SERVICIOS Y PISTAS POLIDEPORTIVAS 117,52
2000 35201 VADOS PERMANENTES 54,09
2001 761 PLAN PROVINCIAL OBRAS Y SERVICIOS Y PISTAS POLIDEPORTIVAS 0,01
2002 45500 FONDO REG.COOP.MPAL.AYUDA DOM.,PER,INFAN.JUV. RICAR.BONIF. 4739,8
2002 91001 PRESTAMOS A MEDIO Y LARGO PLAZO 13209,71
TOTAL 86.317,06



OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO



Eje. Org. Fun. Eco. Descripción Saldo actual de Obligaciones Reconocidas
1980 0 47 POSITO AÑO 1.980 293,7
1981 0 47 POSITO AÑO 1.981 384,41
1982 0 47 POSITO AÑO 1.982 356,56
1989 4 60 INVERSION NUEVA EN INFRAEST.Y BIENES USO GENERAL 4928,3
1991 4 60 INVERSION NUEVA EN INFRAESTRUCTURA Y B.USO GENERAL 1282,57
1991 4 62 INVERSION NUEVA ASOCIADA AL FUNC.OPER.SERVICIOS 550,12
1992 3 64 CURSO INEM 3943,56
1993 5 60 PLAN PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS AÑO 1.993 1494,9
1995 5 60 PLAN PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS AÑO 1.993 35,1
1997 1 16 MUNPAL Y SEGURIDAD SOCIAL 905,48
1998 4 48 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO 230,39
2003 1 23 INDEMNIZACIONES POR RAZON DE SERVICIO(DIETAS PERSONAL) 140,45
2003 4 48 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO 419,45
2003 5 60 PLAN PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS AÑO 2002 474,96
2004 1 10 ALTOS CARGOS 252,42
2004 1 23 INDEMNIZACIONES POR RAZON DE SERVICIO(DIETAS PERSONAL) 155,71
2004 4 48 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO 79,17
TOTAL
15.927,25





07.- ADQUISICIÓN DE FINCA. INICIO DE EXPEDIENTE.

El Sr. Alcalde explica que como los Sres. Concejales conocen por el presupuesto del ejercicio 2010, este Ayuntamiento debe destinar una cantidad a patrimonio municipal del suelo y en consecuencia se contempló una aplicación presupuestaria -4 681 Inversiones en terrenos- con la intención de adquirir una finca para dotar de mayores recursos propios a este Ayuntamiento con sus posibles formas de explotación, por lo que propone a los Sres. Concejales se adopte acuerdo para la incoación del oportuno expediente para la adquisición.

Los Sres. Concejales debaten la cuestión y las condiciones de que debe reunir la finca, manifestando de común acuerdo que no debe hacerse una compra si el terreno no cuentas con las características que establezca el Ayuntamiento, así como que debe establecerse un abanico amplio que no se ciña exclusivamente a una finca rústica.

Finalizado el debate, se somete a votación, acordándose por unanimidad:

ÚNICO.- Incoar expediente para la adquisición de una finca, solar o inmueble para su integración en el Patrimonio municipal de Suelo, de acuerdo con la Ley 15/2001, de 14 de diciembre del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura.

08.-INFORME DE ALCALDÍA

-Adquisición de terrenos.

El Sr. Alcalde da cuenta a los Sres. Concejales de las dificultades existentes para el inicio de la obra del edificio de asistencia social geriátrica ante lo infructuoso de las gestiones realizadas para el traslado de la línea de Iberdrola que cruza el solar, por lo que ante la urgencia del comienzo de la edificación y de las gestiones con el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la dependencia se ha procedido a la adquisición urgente de un terreno adecuado del proyecto redactado y a la ubicación del servicio.---------------

No habiendo más asuntos que tratar, a las 11:20 horas, el Sr. Alcalde levanta la Sesión. Y para la constancia de lo tratado y de los acuerdos adoptados levanto la presente acta, que certifico con mi firma. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------

EL ALCALDE LA SECRETARIA




Fdo. Emilio A. Caballero Tena Fdo. Mª José Guillén Gerez